Ayunado a la conciliación laboral y familiar
Seguro que mas de uno y de dos hacéis como yo encaje de bolillos para organizaros con la familia sobre todo en periodo vacaciones. Deberíamos hacer un homenaje muchas veces a los abnegados abuelos que se quedan con los nietos jugando muchas veces el papel de cuidadores, canguros, educadores…..¡Que haríamos sin ellos! Yo he de confesar que sin su ayuda incondicional tendría serios problemas con mis tres hijos.
Parece ser que los gobernantes se van sensibilizando con esta realidad y el Gobierno Vasco aprobó ayer el nuevo decreto que regula las ayudas a disposición de los padres que pidan una excedencia o una reducción de jornada laboral para cuidar a sus hijos, personas dependientes o familiares enfermos en «extrema gravedad».
Las cuantías de las ayudas han sido equiparadas al alza y ambos cónyuges tienen derecho a las mismas ayudas eliminado así al discriminación positiva que sufrían los hombres. En mi opinión cambiar costumbres sociales de roles no se consigue con subvenciones sino con habito y coeducación desde la infancia.
Ahora por un recorte del 45% del horario laboral durante un año se percibirán 2.800 euros. Si el horario laboral disminuye el 40%, se entregarán 2.500; y si es del 33%, 2.200.
El decreto, que tiene carácter retroactivo desde el pasado 1 de abril, introduce otro cambio para beneficiar a los padres que necesitan estar libres especialmente durante las vacaciones escolares. Las reducciones deberán seguir prolongándose durante un mínimo de dos meses para que el trabajador pueda demandar la ayuda, pero los beneficiarios podrán cogerlas en varias fases a lo largo del año si las hacen coincidir con las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano. Esto puede realmente ayudar en los períodos más complicados de vacaciones escolares.
Otra novedad es que al solicitar una reducción de horario para atender a los hijos, la edad máxima de estos deberá ser de 8 años (hasta ahora eran 6). Y si se trata de una excedencia, el menor no podrá tener más de tres.
También han cambiado algunas de las condiciones necesarias para la ayuda en la contratación de canguros, ahora se acepta que el niño esté matriculado en una escuela de educación infantil. Tampoco se exigirá que el contrato con la persona cuidadora sea de al menos 80 horas mensuales, sino que se aceptarán contratos parciales.
Por otro lado de cara a las empresas, la normativa contempla también subvenciones a las empresas para que puedan sustituir a los trabajadores.
Dejo aquí una presentación enviada esta misma mañana por IREKIA en la que presenta una comparativa entre los dos decretos.


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